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El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes emplea en su sede electrónica el método de notificación por comparecencia electrónica, que se define como "acceso electrónico por el interesado, debidamente identificado, al contenido de la actuación administrativa correspondiente a través de la sede electrónica del órgano u organismo actuante".

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que regula el régimen de notificaciones de resoluciones y actos administrativos, establece que las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. Los sujetos obligados son los comprendidos en el artículo 14 de la citada ley y los que reglamentariamente establezcan las Administraciones. 

La práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos se encuentra regulada en el artículo 43 de la ley citada y en los artículos 41 a 45 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

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