Instrucciones de la solicitud de reconocimiento y reparación
La presente solicitud corresponde al sistema de reconocimiento y reparación de las víctimas de abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia católica cuyos casos se encuentren prescritos o para los que se ha extinguido la responsabilidad penal, cuando en el momento de producirse los hechos, conductas o comportamientos que pudieron atentar contra su libertad sexual, las víctimas:
Además, tales hechos, conductas o comportamientos debieron producirse en el ámbito de instituciones dependientes de la Iglesia católica, siendo los sujetos activos de la violencia sexual, clérigos, miembros de institutos religiosos, sociedades de vida consagrada o laicos en los términos recogidos en el Protocolo (ver Documentos adjuntos).
En la solicitud se podrá hacer una breve descripción de los hechos, además de aportarse la documentación que se estime oportuna, que podrá ampliarse durante la fase de valoración por parte de la unidad del Defensor del Pueblo y las entrevistas que, en su caso, se lleven a cabo con los solicitantes. La solicitud podrá presentarse por la propia persona que sufrió los hechos, conductas o comportamientos, o por la persona que la represente, debidamente acreditada.
Podrá encontrarse más información en el siguiente folleto informativo.
Una explicación más detallada del acceso a la solicitud puede verse en el vídeo explicativo
Datos generales
Órgano responsable: Dirección General de Libertad Religiosa
Categoría: Reparación de abusos prescritos en la Iglesia católica
Correo electrónico de contacto: reparacion.abusosIC@mpr.es
Teléfonos de contacto: 918372295
Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.
Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.
Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".
Consulta de Unidades y Oficinas en DIR3
Información sobre las Oficinas de Registro Cl@ve
Acceso al Registro Electrónico General
El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.
Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.
Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide
En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".
Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.
Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.
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