Revisión de oficio de actos nulos de pleno derecho

Consiste en solicitar la declaración de nulidad de un acto administrativo que haya puesto fin a la vía administrativa o que no se haya recurrido en plazo, en los supuestos previstos en el artículo 47.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.

🚩 ATENCIÓN:

Estos formularios únicamente están previstos para actuaciones cuyo órgano competente para resolverlas sea el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. En otro caso, deberá dirigirse a la sede electrónica del Ministerio o Administración Pública correspondiente o al Registro Electrónico General de la Administración General del Estado: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

 

Datos generales

Organo responsable: Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno

Categoría: Recursos y Peticiones

Información sobre el procedimiento: Revisión de oficio de actos nulos de pleno derecho

 

Instrucciones del procedimiento

Para realizar el procedimiento, acceda al formulario y rellene los datos requeridos. Cuando finalice, pulse enviar. Se registrará la petición en el registro electrónico del Ministerio, y se le devolverá un justificante del registro.