Convocatoria año 2023: Subvención de concurrencia competitiva actividades Memoria Democrática
Subvenciones Memoria Democrática
Datos generales
Plazo de apertura del procedimiento: este procedimiento estará operativo desde el 23 de agosto de 2023.
Organo responsable: Secretaría de Estado de Memoria Democrática
Categoría: Memoria Democrática
Trámite de justificación de las ayudas convocatoria 2023: El plazo para la presentación de justificaciones concluye el 11 de marzo de 2025 (salvo para entidades que hayan obtenido una prórroga de ejecución):
El plazo de justificación para esta convocatoria, salvo para aquellas entidades que hayan obtenido prórroga, concluye el 11 de marzo de 2025 a las 24 horas, es decir la medianoche entre el 11 y el 12 de marzo.
Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa a través de esta sede electrónica. Recuerde que deberá acceder a esta sede con el mismo certificado electrónico con el que se creó el expediente inicialmente. En el supesto de que su certificado electrónico presentara algún problema o incidencia, puede remitir la documentación justificativa a través de red sara antes de las 24:00 horas del 11 marzo, haciendo uso del enlace siguiente:
A la hora de identificar los "datos del organismo o entidad", tenga en cuenta que deberá dirigir el envío a la Dirección General de Atención a las Victimas y Promición de la Memoria Democrática (Código E05080301) que aparece aún adscrita al antiguo Ministerio de la Política Territorial y Memoria Democrática.
La documentación justificativa consistirá al menos en lo siguiente:
- La memoria y cuenta justificativa rellena y firmada electrónicamente.
- Copias escaneadas de las facturas correspondientes o documentos similares de comprobación del gasto.
Para realizar los trámites anteriores se facilita a las entidades los dos documentos siguientes:
- Plantilla de memoria y cuenta justificativa (incluye explicaciones para facilitar la cumplimentación del documento).
- Guía para aportar documentación en sede electrónica.
Información sobre fases anteriores de la tramitación (ya concluidas):
a) Resolución por la que se acuerda la urgencia del procedimiento. Esta resolución establece, entre otras cosas, que el plazo para presentar subsanaciones será de 5 días hábiles.
b) Resolución por la que se publica el listado provisional de entidades admitidas, el listado de propuestas a subsanar y el listado provisional de entidades excluidas:
- Resolución
- Anexo 1, listado provisional de entidades admitidas
- Anexo 2, listado de propuestas a subsanar
- Anexo 3, listado provisional de entidades excluidas
c) Resolución por la que se publica el listado defintivo de entidades admitidas y excluidas:
- Resolución
- Anexo 1, listado definitivo de entidades admitidas.
- Anexo 2, listado definitivo de entidades excluidas.
d) Resolución por la que se nombra a los miembros de la Comisión de valoración:
e) Informe de la Comisión de valoración con anexos conteniendo listados con las puntuaciones pormenorizadas, entidades beneficiarias y entidades denegadas.
f) Propuesta de resolución provisional del Director General conteniendo los listados provisionales de propuestas admitidas, suplentes y denegadas:
- Propuesta de resolución provisional.
- Anexo 1: Listado de solicitudes admitidas.
- Anexo 2: Listado provisional de solicitudes suplentes.
- Anexo 3: Listado provisional de solicitudes denegadas.
g) Informe complentario de la Comisión de valoración en el que se valora la documentación presentada en la fase de aceptación y posible presentación de alegaciones:
h) Resolución del Secretario de Estado de Memoria Democrática conteniendo los listados definitivos con las solicitudes de subvención seleccionadas, suplentes y denegadas (publicada el 11 de diciembre de 2023):